Ley 1225 de 2008. Derechos y deberes


La ley 1225 de 2008 habla sobre las obligaciones que deben cumplir los parques de atracciones mecánicas con el fin de garantizarles la seguridad a sus usuarios

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Juegos mecánicos

El Artículo 1 de la ley 1225 de 2008 contempla lo siguiente: “la siguiente ley tiene por objeto regular la intervención de las autoridades públicas del orden nacional, distrital y municipal, en cuanto a los requerimientos mínimos que deben cumplir para el funcionamiento, instalación, operación, uso y explotación, de los Parques de Diversiones, parques acuáticos, temáticos, ecológicos, centros interactivos, zoológicos y acuarios públicos o privados, las Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento, como también las conocidas ciudades de hierro de atracciones mecánicas en todo el territorio nacional, para los ya existentes como para los nuevos, en función de la protección de la vida humana, el medio ambiente y la calidad de las instalaciones”.

Como se puede evidenciar, es competencia de las autoridades públicas intervenir en el cumplimiento de esta norma, que tiene como finalidad principal, velar por la seguridad y la integridad de las personas que acceden a este tipo de escenarios de esparcimiento.

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La ley es clara cuando hace énfasis en cuáles son los requisitos o requerimientos que los propietarios o administradores de este tipo de escenarios, deben acreditar el cumplimiento de una serie de obligaciones.

En el Artículo 3 la ley dice lo siguiente: “Registro previo para la instalación y puesta en funcionamiento de los parques de diversiones y las atracciones o dispositivos de entretenimiento. La instalación y puesta en funcionamiento de los Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento, existentes y nuevos, en cualquiera de las categorías señaladas en el artículo anterior, requerirá registro previo ante la respectiva autoridad distrital o municipal, para lo cual se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Certificado de existencia y representación legal, por parte de las personas jurídicas que pretendan instalar Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento en un Parque de Diversiones, ponerlos en funcionamiento, usarlos y explotarlos o registro mercantil o cédula de ciudadanía o RUT, por parte de las personas naturales.

2. Contrato o autorización del propietario, poseedor o tenedor de los lugares donde operarán las Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento. Cuando estos operen en inmuebles de propiedad del Estado se deberá acreditar el contrato celebrado con la respectiva entidad pública.

3. Póliza de responsabilidad civil extracontractual que cubra la responsabilidad civil derivada de lesiones a los visitantes y usuarios de los Parques de Diversiones y Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento, cuyo valor será determinado por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, previa evaluación de los riesgos involucrados que incluya una certificación de inspección técnica de las instalaciones, la cual deberá amparar como mínimo, los siguientes: lesiones y/o muerte de personas, rotura de maquinaria e incendio.

4. Hoja técnica de cada atracción o dispositivo de entretenimiento expedida por el fabricante o instalador, la cual deberá contener, como mínimo, la siguiente información: capacidad, condiciones y restricciones de uso, panorama de riesgos, plan de mantenimiento, número de operarios requerido y descripción técnica del equipo.

5. Plan de señalización con las condiciones y restricciones de uso recomendadas por el fabricante o instalador, en lugares visibles en cada una de las Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento existentes en el Parque de Diversiones.

6. Plan de emergencias del sitio donde opera el Parque de Diversiones.

7. Certificación de existencia de un contrato de servicios médicos para la atención de emergencias celebrado con una entidad legalmente constituida.

8. Certificación de la realización de pruebas previas a la puesta en marcha, de conformidad con las recomendaciones del fabricante o instalador”.

Estos requisitos deben ser cumplidos en su totalidad, en caso dado que no se cuente con el aval de alguno de estos, el cumplimiento de la norma no aplicaría.

Por otra parte, en el Artículo 6°, la ley 1225 de 2008 habla sobre el reemplazo de aquellas piezas que se encuentran en mal estado y que requieren de atención oportuna, para de esta manera evitar inconvenientes como lesiones y accidentes a futuro en cualquiera de los asistentes.

Esto es un aspecto fundamental puesto que no todos los distribuidores de accesorios para piscinas acreditan la eficacia en sus productos, por tal razón, el Artículo 6° dicta lo siguiente:

Artículo 6°. Reemplazo de partes y Repuestos de las atracciones o Dispositivos de Entretenimiento. Para el reemplazo de partes y repuestos de las atracciones o dispositivos de entretenimiento, el operador deberá:

1. Usar el procedimiento original suministrado por el fabricante o instalador y aplicar una apropiada nomenclatura o,

2. Usa el manual de especificaciones y dibujos suministrado por el fabricante o instalador o,

3. Usar el procedimiento original suministrado por el fabricante o instalador, clasificando elementos equivalentes a la función y calidad, cuando estos no sean suministrados por el fabricante o instalador.

Parágrafo 1°. En caso de no existir procedimientos del fabricante o instalador para el reemplazo de partes y repuestos, el operador podrá, dentro de sus programas de mantenimiento, establecer dicho procedimiento de acuerdo con su cronograma de mantenimiento.

Teniendo en cuenta lo antes dicho en el Artículo 6° y cada uno de sus incisos, es bueno asegurarnos de la efectividad en todos los procesos, desde la compra de materiales hasta la instalación de los equipos, para evitar cualquier inconveniente a futuro en caso de que sea necesario llevar a cabo algún tipo de reparación en las instalaciones del centro de atracciones.

En Parques y Mantenimientos contamos con las certificaciones para que sus instalaciones se acrediten y den fe del cumplimiento de la ley 1225 de 2008. Así usted se evitará problemas futuros, y lo más importante, garantiza la seguridad y tranquilidad de cada uno de los usuarios que a diario visitan su establecimiento.

Recuerde que el no cumplimiento de la ley lo hace acreedor de sanciones drásticas, así que no espere a ser multado para cumplir con lo estipulado por ley.

Texto guía: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31434

Recomendaciones a tener en cuenta en todos los parques acuáticos en Colombia

Recomendaciones a tener en cuenta en todos los parques acuáticos en Colombia


A continuación unas recomendaciones a tener en cuenta en todos los parques acuáticos en Colombia en esta temporada vacacional

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Mantenimiento de parques acuáticos en colombia

La ley 1225 de 2008 es muy clara al hacer énfasis en las medidas de seguridad que deben cumplir todos los parques acuáticos en Colombia. En ella se habla acerca de todos los detalles pertinentes que se deben tener en cuenta para que dichos establecimientos sean completamente seguros y no expongan la integridad de cada uno de sus usuarios.

Dicha certificación de seguridad para este tipo de escenarios sólo la otorgan aquellas empresas constructoras que cuentan con trayectoria y eficacia en sus procesos, y tal es el caso de Parques y Mantenimientos, una de las pocas empresas en Colombia que expiden este certificado de funcionamiento, el cual acredita que todas las instalaciones del parque acuático cumple a cabalidad con cada una de las medidas de seguridad necesarias para evitar el riesgo a sus usuarios.

Por tal razón, las personas que en estas vacaciones desean disfrutar de un día soleado en uno de estos lugares, deben fijarse que el parque les garantice la seguridad en cada una de sus atracciones.

Para ello pueden cerciorarse preguntando en la administración del sitio, es deber de ellos tener exhibido dicho certificado. Esto también se puede evidenciar inspeccionando las instalaciones, verificando que los implementos de seguridad para casos de emergencia estén en lugares visibles y asequibles.

Los administrativos de parques acuáticos en Colombia deben tener siempre presente este tipo de medidas, pues es necesario tener previsto todo tipo de percances que se puedan presentar. Llegado el caso que no cumplan con algunas de las normas de seguridad contempladas en la ley 1225 de 2008, el parque podría hacerse acreedor a sanciones que van desde la imposición de multas económicas, hasta la suspensión indefinida de la licencia de funcionamiento.

En Parques y Mantenimientos sabemos llevamos a cabo la construcción y mantenimiento de todo tipo de atracciones mecánicas y acuáticas, otorgándole a cada una de ellas su certificado de seguridad.

Recuerde que la seguridad de los usuarios debe ser siempre lo más importante, y en Parques y Mantenimientos sabemos cómo hacer que esta sea una acción efectiva.

Mantenimiento de parques infantiles en Colombia

Mantenimiento de parques infantiles en Colombia


Ley 1225 de 2008: El mantenimiento de parques infantiles, temáticos y atracciones mecánicas en Colombia

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Mantenimiento de parques infantiles en Colombia

En la ley 1225 de 2008 donde se habla sobre la regulación, funcionamiento y operación de los de parques de diversiones, atracciones o dispositivos de entretenimiento, atracciones mecánicas y ciudades de hierro, parques acuáticos y demás centros de recreación temáticos de asistencia masiva. Esta norma contempla las condiciones que deben tener este tipo de instalaciones para poder ofrecer el servicio, por tal razón, es necesario estar al tanto del mantenimiento de parques infantiles en Colombia para así evitar percances futuros.

Es necesario que los usuarios estén enterados del estado y el funcionamiento de las instalaciones, hay que prestarles un servicio eficiente, para ellos es importante sentirse seguros y confiados, valores que solo se pueden infundir si cumplimos con nuestra parte estando al tanto del estado de nuestras instalaciones.

Las entidades prestadoras de este tipo se servicios que no cumplan con los requisitos consignados en la ley 1225 de 2008 que habla sobre las normas y medidas de seguridad en este tipo de escenarios, están sujetas a hacerse acreedoras a sanciones drásticas, éstas van desde la imposición de multas económicas, y en el peor de los casos, la suspensión indefinida de la licencia de funcionamiento de las instalaciones.

En cuanto al mantenimiento de parques infantiles en Colombia, es compromiso de los acudientes velar o inspeccionar las instalaciones, verificar que estas cumplan con las normas de seguridad necesarias para que ningún infante esté expuesto a algún tipo de peligro que afecte su integridad.

En Parques y Mantenimientos contamos con personal altamente calificado para llevar a cabo todo tipo de labores relacionadas con el mantenimiento y construcción de parques temáticos y atracciones mecánicas. Contamos con certificación de seguridad para parques y atracciones, la cual poseen pocas empresas en Colombia que se dedican a prestar este tipo de servicios.

Póngase en contacto con nosotros y asesórese, no espere a tener contratiempos para tomar cartas en el asunto.

En Parques y Mantenimiento nos preocupamos por la seguridad de nuestros usuarios y de sus clientes.

Certificación de parques infantiles

Certificación de parques infantiles


Certificación de seguridad de parques infantiles. Aspectos básicos para garantizar la integridad de los infantes

certificación de parques infantiles

Es necesario que los niños cuenten con zonas dedicadas única y exclusivamente para su diversión, pues en los primeros años de vida, los juegos cumplen un papel sumamente importante para el desarrollo integral de sus capacidades, tanto motrices como mentales. Pero es necesario dotar de seguridad dichos espacios, factor que deben tener muy presente los centros de recreación públicos y privados, quienes deben velar por tener la certificación de parques infantiles con el fin de garantizar la tranquilidad de los padres y demás asistentes.

Para ello es necesario tener en cuenta algunos aspectos que son de vital importancia, tanto al momento de llevar a cabo la construcción, como la optimización y la dotación de todos los sistemas de seguridad necesarios.

1. Localización de la zona: Debemos tener presente la localización de la zona donde vamos a construir el parque infantil, que esta no tenga inclinaciones que puedan generar riesgos a los infantes y que obstruyan el monitoreo de ellos. Si vamos a hacerle mejoras a las instalaciones y si el paisaje no es el más adecuado, es pertinente tener presente este detalle.

2. Protección de riesgos externos: La zona delimitada para los niños debe tener un perímetro definido para evitar que factores externos puedan amenazar su integridad. Para ello se recomienda poner cercas amigables, que no permita el ingreso de animales, y mucho menos la salida de los infantes.

3. Fácil acceso: Los parques infantiles deben contar con fácil acceso para personas con niños con algún tipo de limitación física. Este es un atributo que le genera gran valor a las instalaciones del parque, pues la inclusión es un tema que nos compete a todos, y por ende es necesario contar con instalaciones a las que todos puedan acceder, y más si se trata de menores, pues hay que garantizarles y respetarles el derecho a la recreación y esparcimiento en ambientes como parques y demás sitios de concentración.

4. Componentes de la infraestructura: El parque de diversiones para niños debe estar construido con materiales que no sean perjudiciales para los menores y que no represente algún tipo de riesgo para ellos.

5. Limpieza: Las instalaciones deben permanecer, en la totalidad del tiempo, libres de cualquier factor dañino para la salud de los infantes, es por ello que la limpieza y mantenimiento tiene que ser contante.

6. Seguridad: Esta siempre debe ser la máxima de este tipo de instalaciones, la seguridad es una responsabilidad a la que todas las entidades que prestan servicios para el deleite del público, deben garantizar la seguridad de todos los asistentes. Esto se logra mediante el mantenimiento constante de la infraestructura del centro recreativo.

certificación de parques infantilesEstas son algunas de las recomendaciones que podemos tener en cuenta para el adecuado funcionamiento de los centros recreativos, y si cumplimos con ellas, obtener el certificado de seguridad de parques infantiles no será una tarea complicada.

En Parques y Mantenimientos garantizamos la seguridad de los parques y centros de recreación en los que intervenimos, dando el certificado de seguridad que acredita que las instalaciones se encuentran en óptimas condiciones de uso.

Recuerde, la seguridad de sus usuarios y su tranquilidad, son primero.

Mantenimiento y fabricación de toboganes

Mantenimiento y fabricación de toboganes


Fabricantes de toboganes, conozca los estilos

Toboganes

Al momento de fabricar toboganes hay muchos factores a tener en cuenta, uno de ellos es la exigencia del cliente; es necesario entender que hay que cumplir con ciertos parámetros con el fin de garantizar la seguridad e integridad de los futuros usuarios.

Llevar a cabo un proyecto de esta envergadura es una labor que requiere todo el cuidado y la mayor disposición del caso, generalmente se inicia haciendo un estudio minucioso de las condiciones del suelo, cuál es la capacidad con la que cuenta, estabilidad, entre otros aspectos.

En cuanto a la forma del terreno hay un factor que es determinante al momento de iniciar el proyecto y es la forma. Tener una superficie plana o montañosa puede ser beneficiosa o generar desventaja, todo depende de la necesidad; por ejemplo, si contamos con un terreno con desniveles, se le puede sacar provecho al momento de hacer los toboganes, pues no será necesario invertir demasiado en materiales para la elevación del mismo porque se podrá soportar en los picos (reforzados con el material necesario) del terreno. Y si contamos con un terreno plano, este permitirá un mejor aspecto visual de todo el centro recreativo, porque permitirá integrar y organizar las diferentes secciones del parque.

Otro punto a tener en cuenta es la funcionalidad de los toboganes, estos deben ir acorde con las condiciones generales del parque, es decir, si el parque cuenta con bastante afluencia de público, es necesario que haya varios toboganes para evitarle largas filas a los clientes, pues esto es bastante tedioso para los usuarios. Pero si el parque no cuenta con mucha presencia de público, no es necesario implementar muchos toboganes porque esto representaría una pérdida de dinero y tiempo.

Estos son algunos de los factores a tener en cuenta al momento de fabricar toboganes para nuestro parque de atracciones, es necesario hacer un estudio minucioso para estar seguros de que nuestra inversión será adecuada. En Parques y Mantenimientos contamos con todo lo necesario para construir su parque de atracciones.

Recuerde que su seguridad y la de sus usuarios es lo más importante.

Diseño de parques acuáticos

Diseño de parques acuáticos


Diseño de parques acuáticos: En Parques y Mantenimiento pensamos en su seguridad

Mantenimiento de parques acuáticos en colombiaEn Parques y Mantenimiento siempre estamos pensando en el bienestar de nuestros clientes y en el de sus usuarios, es por eso que estamos en constantes procesos de innovación con el fin de hacer que sus instalaciones sean cien por ciento confiables y seguras. Tenemos lo necesario para aquellas personas que tienen en mente incursionar en el mundo de las atracciones y juegos de todo tipo, prestándoles nuestros servicios para el diseño de parques acuáticos y fabricación de los mismos.

Contamos con un selecto grupo de ingenieros y personal técnico con altas competencias para llevar a cabo este tipo de proyectos de principio a fin de forma exitosa, siempre implementamos materiales y mecanismos de última tecnología, porque sabemos que lo más importante, aparte de la usabilidad, es la seguridad con la que deben contar este tipo de establecimientos que son de uso masivo.

Nuestros arquitectos desarrollarán el diseño con base en las necesidades del cliente, se tendrá en cuenta las condiciones del suelo y otros aspectos que tienen que ver con la parte estética. Ya teniendo más clara la idea de lo que el cliente desea, nosotros procedemos a hacerle sugerencias teniendo en cuenta los ítems mencionados anteriormente, con el fin de que resultado sea óptimo tanto en funcionalidad, estética y costos.

En Parques y Mantenimiento nos comprometemos a dar lo mejor con el fin de garantizarle la seguridad y tranquilidad a nuestros clientes y a sus usuarios, es por eso que cumplimos con la certificación estipulada en la ley 1225 de 2008, que habla acerca del funcionamiento y cumplimiento de reglas de los parques temáticos en Colombia.

Si está pensando en incursionar en este mercado, acceda a los servicios de Parques y Mantenimiento, contamos con una amplia experiencia en el diseño de parques acuáticos y construcción de los mismos.

Llámenos a nuestras líneas telefónicas o escríbanos a nuestros correos de contacto, nuestro personal comercial le ofrecerá información detallada de acuerdo a sus necesidades.

En Parques y Mantenimiento estamos comprometidos con su seguridad y la de sus usuarios.

Juegos mecánicos

Juegos mecánicos


Juegos mecánicos: Parques y Mantenimiento

juegos.mecanicosEn Parques y Mantenimiento contamos con el personal calificado, amplia experiencia y con las herramientas y materiales de la más alta calidad para llevar a cabo la construcción de juegos mecánicos en cualquier zona de nuestra geografía nacional.

Si su deseo es iniciarse en este negocio de las atracciones mecánicas, debe contar con el respaldo y la garantía que solo los profesionales pueden darle, y Parques y Mantenimiento siempre se preocupa por la seguridad de los usuarios que acceden a las instalaciones de nuestros clientes, es por eso que nuestros trabajos cuentan con el respaldo y cumplimiento de las normas de seguridad estipuladas en la ley 1225 del 2008, que habla sobre el cumplimiento de las especificaciones técnicas y de seguridad que deben cumplir todos parque de diversiones de nuestro país.

Nuestro personal está capacitado para trabajar en todas las condiciones que tienen los terrenos de nuestro país. Si tiene en mente construir un parque donde la atracción principal sea el agua, o si por el contrario desea montañas rusas, juegos mecánicos, infantiles  y demás, nosotros contamos con todo lo necesario para hacer de realidad su proyecto.

También ofrecemos el servicio de mantenimiento, entregamos las certificaciones exigidas en la norma, esto con el fin de que usted no tenga problemas con la licencia de funcionamiento de sus instalaciones y para garantizarles a sus usuarios su seguridad.

¡Recuerde! Es mejor tener todos los documentos en línea, evítese molestias e inconvenientes con las autoridades competentes por el no cumplimiento de las leyes, pues podría hacerse acreedor a sanciones que van desde el pago de varios salarios mínimos dependiendo de la magnitud de la infracción, o lo que podría ser peor, la suspensión de la licencia de funcionamiento de su establecimiento.

Póngase en contacto con nosotros y entérese de nuestros productos y servicios, nuestros asesores le brindarán la información que necesite.

Permítanos ser su aliado en la seguridad de sus parques, porque en Parques y Mantenimiento siempre estamos pensando en su bienestar y en el de sus usuarios.

Mantenimiento de parques mecánicos

Mantenimiento de parques mecánicos


Mantenimiento de parques mecánicos: Parques y Mantenimiento se encarga de tu seguridad

mantenimiento de parques mecanicosEncargarse de la seguridad de sus atracciones mecánicas no es tarea sencilla, por tal razón debe delegarle esta importante labor a quien conozca de primera mano todo lo relacionado sobre este tipo de asuntos. Parques y Mantenimiento es la empresa encargada de hacer el mantenimiento de parques mecánicos en todos los rincones de nuestra geografía nacional, gracias a nuestra experiencia y trayectoria en el mercado, hemos logrado desarrollar nuevos procesos en pro de la optimización de la seguridad de todas y cada una de las instalaciones mecánicas de su centro de diversiones.

Los estándares de calidad que manejamos son los más altos, pues nuestro principal propósito es garantizar la seguridad de todos nuestros clientes, y por ende, la de los usuarios de las personas que en sus tiempos libres acceden a estas instalaciones para disfrutar en compañía de sus familias y amigos de un día agradable.

Nuestro personal es altamente calificado, los materiales con los que trabajamos son de excelente calidad y también, teniendo en cuenta las leyes que en nuestro país regulan el funcionamiento de los parques y atracciones mecánicas, ejecutamos nuestros procedimientos con base en tal norma para así garantizarles a nuestros clientes el adecuado y perfecto estado de su infraestructura.

Esta y muchas otras medidas de prevención son las que tenemos presente en Parques y Mantenimiento, para nosotros nuestro principal compromiso es con todos y cada uno de los usuarios.

Para acceder a nuestros servicios puede comunicarse con nosotros a nuestra líneas telefónicas o escribirnos a nuestros correos de contacto, uno de nuestros asesores lo atenderá y solucionara cada una de sus dudas, así estará más seguro con respecto al servicio al que desea acceder.

Recuerde que en Parques y Mantenimiento estamos para garantizar la seguridad de su negocio y la de sus usuarios.

Cómo hacer un parque infantil

Cómo hacer un parque infantil


Cómo hacer un parque infantil: Parques y Mantenimiento te dice cómo hacerlo

como hacer un parque infantilEn Parques y Mantenimiento contamos con todo lo necesario para llevar a cabo sus proyectos en materia de atracciones para grandes y chicos, así que si tienes dudas sobre cómo hacer un parque infantil, nosotros te decimos cómo hacerlo y te mostramos todas las alternativas posibles en materia de diseños, componentes, funcionalidad, materiales y demás aspectos, para que tu proyecto sea efectivo.

Es importante que los niños cuenten con un lugar adecuado para ellos, donde puedan recrearse de forma sana, es por esto que los diseños de los parques deben contar con altos estándares de seguridad para que sus padres puedan estar tranquilos y confiados.

En la mayoría de conjuntos residenciales que se construyen en las diferentes ciudades y municipios de nuestro país, ven como una necesidad la construcción de un mini parque en sus instalaciones para que los niños que viven en el conjunto residencial tengan acceso a este. Las ventajas de contar con una atracción como estas al interior de las unidades resulta ser algo muy práctico, pues le permite a los padres estar pendientes de sus hijos, además, los niños puede hacer uso del parque cuantas veces quieran, lo cual es bueno para ellos porque estimula el aprendizaje y el correcto crecimientos, pues están en constante interacción con los demás niños.

Construir un parque de estas características no es algo complicado, por el contrario, se puede hacer en un corto tiempo. Para ello hay varios modelos, los cuales aplican dependiendo de las preferencias de los clientes, y lo que resulta mejor, los materiales son de excelente calidad y además le dan un aspecto moderno al acabado de la infraestructura.

Si quieres saber más sobre cómo llevar a cabo tu proyecto puedes contactarnos, te acompañaremos durante todo el proceso y te brindaremos toda la asesoría necesaria para que tu parque infantil quede tal cual como lo visualizas.

En Parques y Mantenimiento nuestro mayor compromiso es con la seguridad y el bienestar de nuestros usuarios.

Mantenimiento de Parques en Colombia: Ley 1225 de 2008

Mantenimiento de Parques en Colombia: Ley 1225 de 2008


Mantenimiento de Parques: La ley contempla que es de interés general velar por la seguridad

mantenimiento de parquesLa ley que regula el funcionamiento y operación de los parques de diversiones, atracciones o dispositivos de entretenimiento, atracciones mecánicas, ciudades de hierro y demás centros de atracción públicos y privados (Ley 1225 de 2008), ha resultado ser un aporte valioso para la sociedad en general, para que puedan cumplir con su rol como veedores ciudadanos con respecto al mantenimiento de los parques y demás atracciones.

La norma, en su artículo No. 8 (Inspección, vigilancia y control), habla sobre el papel importante que desempeñan los organismos nacionales, departamentales y locales pertinentes, pues es de obligatorio cumplimiento la revisión e inspección del buen estado y funcionamiento de las atracciones que pertenezcan a su jurisdicción, o en su defecto, aquellas itinerantes que estén de manera transitoria en el territorio. Esto con el fin de velar por que se cumplan las normas y garantías de las instalaciones de las infraestructuras.

En el artículo No. 2 de la presente ley, se enumeran las categorías con sus respectivas definiciones, con el fin de hacer claridad y no dar pie a dudas sobre los deberes que tienen las empresas propietarias que hacen parte del gremio de atracciones. Las categorías son:

Parques de Diversiones

Son aquellos lugares abiertos, al aire libre, donde se instalan las atracciones y dispositivos de entretenimiento, atracciones mecánicas, ciudades de hierro, y demás asuntos que tengan que ver con la recreación y el sano esparcimiento de la comunidad en general.

Atracciones o Dispositivos de Entretenimiento

Aquí se hace referencia sobre qué y cuáles son las atracciones que hacen parte de la definición de Parques de Diversión, entre los cuales califican aquellos lugares y atracciones mecánicas donde que tienen como finalidad brindar entretenimiento.

También hace la salvedad sobre los diferentes parques de atracciones, y los cataloga como itinerantes y permanentes. A continuación los enumeramos:

  • Parques de Diversiones Permanentes: Aquí hace alusión a los parques que están radicados de forma definida en un sitio. Cuentan con toda una infraestructura que cumple con todas las normas para la prestación de servicios, como baños, senderos peatonales, jardines, zonas verdes y demás. También cuenta con toda clase de juegos para satisfacer la necesidad de todo tipo de público.

 

  • Parques de Diversiones no Permanentes o Itinerantes: son aquellas atracciones que van de un lugar a otro prestando sus servicios de manera temporal. En la mayoría de los casos, sus atracciones son de alto impacto, de acceso para el público general. Su carácter de itinerante hace que tenga que contar con operaciones logísticas para realizar los montajes de su escenografía.

 

  • Centros de Entretenimiento Familiar: Esto son los que se instalan de manera temporal en centros comerciales, empresas, cajas de compensación y demás, por lo general bajo techo, con juegos y atracciones para toda la familia.

 

  • Parques Temáticos: Estos pueden ser de carácter permanente o no permanente. La adecuación de sus instalaciones va de acuerdo con la ambientación que definan sus normas.

 

  • Parques Acuáticos: Su característica principal es porque tienen diferentes juegos y demás atracciones, todas relacionadas con el manejo del agua. Este también puede ser permanente o itinerante.

 

  • Centros Interactivos: Pueden ser permanentes o no permanentes y su principal atributo está relacionado con las atracciones de carácter interactivo, como experimentos o diferentes piezas que le permitan al usuario tener un acercamiento más sensorial.

 

  • Acuarios: Su principal atractivo consiste en la exposición de una variada especie de criaturas marinas. Esta puede ser de carácter permanente o no permanente.

 

  • Zoológicos o Granjas: También pueden ser de carácter itinerante o permanente, y su principal atributo es la exposición de diferentes especies de fauna y flora que habitan en un ambiente terrestre.

 

mantenimiento-de-parques-acuaticosTodas estas atracciones deben cumplir con unos estándares de calidad, deben garantizar que cuentan con los proveedores necesarios para adquirir sus repuestos en caso de que sea necesario un repuesto para el correcto funcionamiento de las instalaciones.

La ley en su artículo No. 7 también contempla unos deberes que deben ser de obligatorio cumplimiento, tanto para los operadores de los parques, como para los visitantes, para evitar toda clase de riesgos fortuitos al interior de las instalaciones de los parques.

Para dar cumplimiento a esta ley, los parques deben contar con toda la asesoría y el acompañamiento de empresas especializadas en la prestación de servicios para el mantenimiento de las instalaciones, como es el caso de Parques y Mantenimientos.

En cuanto al no cumplimiento de la norma se incurre en faltas que pueden conllevar a multas, orden de suspensión de actividades, orden de suspensión de la respectiva atracción, y en el peor de los casos, la cancelación del registro del parque de diversiones.

Esta es una norma que entró en vigencia luego de una serie de sucesos causados por la falta de atención a los parques. Para la creación de esta ley se tuvieron en cuenta muchos factores, tanto internos como externos, con el fin de garantizar que los puntos allí consignados fueran pertinentes y abarcaran la totalidad de situaciones que se pudieran presentar, de manera fortuita, o por negligencia de las administraciones de los sitios en mención.

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